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Revés judicial para Abelardo De La Espriella: toman decisión sobre videos entre cadáveres

La decisión surgió de una tutela que advierte posibles afectaciones psicológicas en menores de edad por la exposición a las imágenes.

Abelardo De La Espriella generó polémica por los videos caminando entre cadáveres. - Crédito: Colprensa.
Alexander Gómez Naranjo
Alexander Gómez NaranjoPeriodista
10 SEP 2026 - 00:45Actualizado: 10 SEP 2026 - 01:06

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El Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá ordenó ocultar temporalmente dos publicaciones de la cuenta oficial de la Presidencia de la República en Instagram en las que aparece el presidente Abelardo De La Espriella caminando entre cadáveres, tras operaciones militares.

La decisión fue adoptada como medida provisional dentro de una acción de tutela presentada por el representante a la Cámara del partido Alianza Verde, Santiago Osorio Marín, en nombre de niños, niñas y adolescentes del país.

El juzgado consideró que la permanencia pública de las imágenes podría generar un posible daño o sufrimiento psicológico en menores de edad, por lo que ordenó impedir temporalmente el acceso a las publicaciones mientras se estudia de fondo la tutela.

¿Qué ordenó el juez sobre los videos de la Presidencia?

El despacho ordenó al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) ocultar de Instagram las dos publicaciones señaladas en la tutela.

La orden deberá cumplirse en un plazo máximo de un día contado a partir de la notificación de la decisión.

El juzgado explicó que la medida busca evitar que una eventual afectación a los derechos fundamentales denunciados pueda agravarse mientras avanza el proceso judicial.

La decisión, sin embargo, no constituye todavía un fallo definitivo sobre la tutela. El despacho deberá estudiar los argumentos de las partes y determinar posteriormente si existió o no una vulneración de los derechos invocados.

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Abelardo De La Espriella y la cúpula militar en consejo de seguridad. Crédito: Colprensa.

¿Qué videos deberán ser ocultados?

La medida cobija dos publicaciones realizadas desde la cuenta oficial de la Presidencia de la República, correspondientes al 2 y 4 de septiembre de 2026.

Las publicaciones estaban relacionadas con los resultados de dos operaciones militares:

  • Operación Azarías, desarrollada en Miraflores, Guaviare.

  • Operación Centinela de la Patria, desarrollada en La Guajira.

En las imágenes aparece el mandatario caminando entre cuerpos sin vida producto de estas operaciones militares.

El contenido fue cuestionado en la acción de tutela debido a su posible impacto sobre niños, niñas y adolescentes que podrían estar expuestos a las imágenes a través de una plataforma de amplia circulación.

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¿Por qué intervino un juez laboral en este caso?

La decisión se produjo en el marco de una acción de tutela, mecanismo utilizado para solicitar la protección inmediata de derechos fundamentales.

En este caso, el representante Santiago Osorio Marín presentó la acción en nombre de niños, niñas y adolescentes, argumentando una posible afectación de su derecho fundamental a la integridad personal.

El juzgado consideró que existía la necesidad de adoptar una medida temporal mientras analiza las circunstancias denunciadas y establece si las publicaciones efectivamente vulneraron las garantías constitucionales invocadas.

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Santiago Osorio Marín, congresista que interpuso la tutela en contra de los videos de Abelardo De La Espriella. Crédito: tomada de redes sociales.

¿Qué entidades fueron vinculadas al proceso?

Además del presidente Abelardo De La Espriella y el Dapre, el juzgado vinculó al proceso a varias entidades y empresas relacionadas con la publicación y circulación del contenido.

Entre ellas están Meta Platforms, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

La vinculación permitirá que estas entidades conozcan los argumentos de la tutela y se pronuncien frente a los hechos y las pretensiones planteadas.

¿Qué sigue en el proceso?

El juzgado les otorgó a los accionados un plazo de dos días para ejercer su derecho de defensa y aportar las pruebas que consideren pertinentes frente a los hechos denunciados.

Mientras avanza este trámite, las publicaciones señaladas deberán permanecer ocultas en Instagram, de acuerdo con la medida provisional adoptada por el despacho.

Posteriormente, el juzgado deberá resolver de fondo la acción de tutela y establecer si las publicaciones vulneraron los derechos fundamentales cuya protección fue solicitada.

Por ahora, la controversia queda centrada en el límite entre la difusión de resultados de operaciones militares, el derecho de los menores a no estar expuestos a contenidos que puedan afectar su integridad psicológica y el alcance que puede tener este tipo de material publicado desde una cuenta oficial de la Presidencia.

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