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Posible salida de magistrado Ibáñez alteraría votos de reforma pensional, ¿cómo?

La discusión sobre la reforma pensional vuelve esta semana a la Corte Constitucional.

Posible salida de magistrado Ibáñez alteraría votos de reforma pensional, ¿cómo?
La Corte definirá el impedimento de Jorge Enrique Ibáñez por la reforma pensional - Crédito: Colprensa

La Corte Constitucional retomará el miércoles 18 de febrero el debate sobre la reforma pensional con la definición del impedimento del magistrado ponente Jorge Enrique Ibáñez, quien fue recusado por la Presidencia de la República tras unas declaraciones a la prensa, situación que de concretarse su apartamiento alteraría el bloque de votación y obligaría a la redacción de una nueva ponencia.

El secretario jurídico de Palacio, Augusto Ocampo, recusó al magistrado y señaló que prejuzgó la norma al afirmar en una entrevista al diario El Tiempo que los vicios de trámite por los que la ley regresó al Congreso no se habrían "subsanado". Ante el recurso, Ibáñez explicó que su postura era de conocimiento público tras la filtración del documento y defendió su potestad de vocería institucional. El magistrado concluyó que, como cabeza del tribunal, podía pronunciarse sobre un proceso mediático debido a su repercusión directa en 23 millones de trabajadores.

La decisión repetiría el precedente ocurrido en el caso de la emergencia económica, cuando la Corte lo apartó por unanimidad a raíz de las declaraciones entregadas en la misma entrevista. De ratificarse la exclusión, Ibáñez sería el segundo magistrado vetado en este expediente, luego de la salida de Héctor Carvajal, quien suscribió contratos de asesoría jurídica con Colpensiones sobre el tema antes de integrar la terna.

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En qué condiciones está la condición

La salida previa de Carvajal dejó la primera ronda deliberatoria con ocho magistrados y generó un empate sobre la ponencia de Ibáñez, la cual pedía tumbar la ley por vicios de procedimiento durante el trámite legislativo de aprobación y subsanación. Para destrabar el expediente judicial, la corporación sorteó el cupo y designó al exsuperintendente para la Protección de la Competencia Carlos Pablo Márquez, quien aceptó asumir el voto faltante.

Sin la participación de Ibáñez, las fuerzas de la Corte se inclinarían hacia el bloque favorable al proyecto del gobierno de Gustavo Petro, dinámica reforzada por la información de sectores políticos que señala una cercanía del conjuez Márquez con el magistrado Miguel Polo Rosero, integrante del ala oficialista.

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Si la Sala aparta al actual ponente, la magistrada Paola Meneses redactaría una nueva ponencia. El texto incluiría matices como una exequibilidad parcial o la devolución de la ley por segunda vez al Congreso para corregir el ‘pupitrazo’ del último debate, aplicando estrictamente los parámetros del Auto 841, documento que no estaba publicado cuando el Ejecutivo convocó las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio de 2025 para reaprobar la reforma. Al menos cuatro magistrados apoyarían una decisión salomónica que reconozca el camino andado en la implementación del nuevo sistema pensional.

¿Qué pasaría si se rechaza el impedimento?

Por el contrario, si la Sala Plena rechaza el impedimento, el debate iniciará sobre la ponencia original de Ibáñez que pide tumbar completamente la norma.

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Bajo este escenario, el tablero repetiría el empate de cuatro votos contra cuatro. El bloque que salvaría la norma agrupa a los magistrados Vladimir Fernández, Miguel Polo Rosero, Juan Carlos Cortés y Natalia Ángel. En la orilla opuesta, las magistradas Lina Marcela Escobar y Paola Meneses, junto a Carlos Camargo e Ibáñez, votarían la ponencia de archivo, dejando la resolución definitiva en el criterio del conjuez

 *información de Colprensa

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