Luz verde a las consultas del próximo 8 de marzo
El Consejo de Estado negó la suspensión provisional de la resolución que fijó la fecha para el mecanismo de participación.

La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la suspensión de la Resolución 01542 del 1 de abril de 2025, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral fijó la fecha para las consultas populares, internas o interpartidistas para la elección de los candidatos a la Presidencia de la República.
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El alto tribunal advirtió que, “en esta etapa inicial del proceso luego del análisis del acto demandado, las pruebas allegadas por las partes y la norma que se considera vulnerada, no se evidenció que el Consejo Nacional Electoral hubiera desconocido el límite temporal de realizar una sola consulta por año para seleccionar candidatos al cargo de presidente de la República”
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— Minuto60 (@minuto60com) February 13, 2026
Objeto de la petición
En la decisión se hizo una síntesis de la solicitud elevada por el demandante y se indicó que el 26 de octubre de 2025, con base en la Resolución 00701 de 2025, se llevó a cabo la jornada de consultas populares para la elección de candidatos a la presidencia de la República, asimismo y con dicha finalidad, se inscribieron precandidatos, se incluyó ese cargo en la tarjeta de la consulta y se realizó el proceso de escrutinio, “el cual tiene efectos jurídicos vinculantes” de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política.
Posteriormente, el CNE negó la posibilidad de participación de algunos ciudadanos interesados en una nueva consulta, puesto que ya habían intervenido en el proceso del 26 de octubre de 2025. Sin embargo, como consecuencia de la Resolución 01542 de 2025, “el 8 de marzo de 2026, se va a llevar a cabo una nueva consulta para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República, lo que pone de presente la existencia de dos procedimientos con ese mismo propósito”.
