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17 de julio de 2025 - 7:59 p. m.
Actualizado - 17 de julio de 2025 - 8:01 p. m.

¿Las autoridades están listas para controlar las motos eléctricas?

El gremio de concesionarios de bicicletas y motos eléctricas afirma que los funcionarios públicos desconocen este tipo de vehículos.
Katherine Vega
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Autoridades deberán hacer controles de los vehículos eléctricos en ciclorrutas - Crédito: Colprensa

Con la aprobación de la Ley 2486 de 2025 que permite que las bicicletas y motos eléctricas con características específicas circulen por la ciclorruta, surge la duda de si las autoridades están listas para controlar que este tipo de vehículos.

Desde Canaán, una de las empresas que los comercializa y que hace parte de la Federación de Movilidad Alternativa y Eléctrica de Colombia, FEMAC, afirman que desde la resolución 160 de 2017 ha sido muy complejo matricular y registrar los ciclomotores por desconocimiento de los funcionarios públicos.

“Si yo voy en la calle y le digo a los agentes de tránsito ‘demuéstreme que no es 350 (vatios)’, ellos no saben cómo demostrarlo. Al momento de matricularla no saben cuál es el proceso de la matrícula, y al momento de comprar el SOAT, no saben cómo hacerlo”, afirmó a Minuto60 Erika Guambacica, gerente de movilidad eléctrica de dicha compañía.

Según relató, ellos mismos se han acercado a los funcionarios a explicar “cómo funciona la matrícula y cómo la gente puede comprar su SOAT para que no le pongan mucho problema, ya que cuando salió la resolución no hubo capacitación”.

Ahora con la nueva ley, los vehículos eléctricos menores a los 1000 vatios, que pesen como máximo 60 kilos y que su velocidad superior sea 40 km/h serán los que pueden ir por ciclorruta y no necesitan realizar los trámites mencionados. Sin embargo, todos los que sobrepasen esas características seguirán normal: con matrícula, SOAT y licencia.

¿Qué opinan de la ley?

Para FEMAC, según explica la gerente, la nueva ley es mucho más clara y equitativa y mejora considerablemente la resolución 160 de 2017.

“Estamos a favor de la ley porque si bien busca que estos vehículos circulen en ciclorruta, que ya vienen haciéndolo hace 15 años, es más estricta con el tema del casco, reflectivo después de las 6, beneficios arancelarios para este tipo de vehículos, la velocidad máxima de 25 km/h”, afirma.

¿Qué petición de la hacen al Ministerio de Transporte?

La ley le da un año al Ministerio de Transporte para que reglamente de una manera más específica estos vehículos que pueden ir por ciclorruta. El pedido desde la industria, es que se mantenga un diálogo y que se evalúen las características especiales de los ciclomotores.

“Queremos que piensen en las personas que usan este tipo de movilidad que son mamás, que son personas que no quieren arriesgarse a andar en las calles. Y si quieren hacer un tipo de ajuste, nosotros no estamos cerrado a este tema. Siempre hemos propuesto un tipo de seguro, si bien no llamado SOAT, pero uno para estos vehículos. Estamos abiertos a esto”, afirma

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