Gustavo Petro no tendrá que rectificar sus declaraciones sobre supuesto fraude electoral
El expresidente Gustavo Petro no tendrá que rectificarse sobre sus declaraciones acerca de un supuesto fraude electoral.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, dejó sin efecto la orden de rectificación que había sido impartida al entonces presidente Gustavo Petro por sus declaraciones relacionadas con el sistema electoral colombiano, el preconteo y un supuesto fraude en diferentes procesos electorales.
¿Qué dijo Gustavo Petro sobre las elecciones?
La controversia judicial se originó por varias declaraciones de Petro en las que cuestionó el funcionamiento del sistema electoral y advirtió sobre un supuesto riesgo de fraude.
En una de sus publicaciones, Petro aseguró que el código utilizado para el preconteo electoral no había sido auditado de manera independiente y sostuvo que era, en lo fundamental, el mismo que habría estado relacionado con supuestas irregularidades en procesos anteriores.
“El código de preconteo nadie independiente lo ha auditado técnicamente”, afirmó Petro, antes de señalar que ese sistema era el mismo que, según su versión, había producido un supuesto fraude contra el partido Mira en 2014 y contra el Pacto Histórico en 2022.
El preconteo si no hay impugnaciones sigue derecho a las actas de escrutinio.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) March 5, 2026
Y el código de preconteo nadie independiente lo ha auditado técnicamente y es el mismo en lo fundamental que ya produjo el fraude contra el partido Mira en el año 2014 y contra el Pacto Histórico en el… https://t.co/aXy4rM91As
En esa misma declaración, el entonces mandatario afirmó que en las elecciones de 2022 se habrían “hurtado” 640.000 votos al Pacto Histórico.
Petro también cuestionó la seguridad y transparencia del software utilizado para el proceso electoral y planteó dudas sobre la capacidad de las autoridades para garantizar que los resultados fueran completamente verificables.
En otra de sus intervenciones llegó a sostener que “en Colombia siempre ha habido fraude”, una afirmación que posteriormente fue interpretada dentro del debate sobre las garantías electorales y la transparencia de los comicios.
El entonces presidente también cuestionó la participación de empresas vinculadas a Thomas Greg & Sons en procesos relacionados con el sistema electoral y calificó de ilegal el software de preconteo utilizado, al tiempo que insistió en la necesidad de que el código pudiera ser auditado de manera independiente.
Tribunal revocó la orden de rectificación a Petro
Estas declaraciones llevaron al Juzgado 21 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. a conceder parcialmente una acción de tutela y ordenar a Petro realizar una rectificación.
Sin embargo, el caso llegó en segunda instancia al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que revocó la sentencia del 22 de julio de 2026 y negó las pretensiones de la tutela.
La Sala consideró que no estaba acreditada una “amenaza cierta y concreta” contra los derechos fundamentales invocados que justificara la intervención del juez constitucional.
Por esa razón, dejó sin efectos la orden que obligaba a Petro a rectificar sus declaraciones.
Tribunal dice que las controversias electorales tienen otros mecanismos
Uno de los argumentos centrales de la decisión es que las controversias relacionadas con la validez de una elección presidencial y sus resultados cuentan con autoridades y mecanismos judiciales específicos.
En ese sentido, el Tribunal consideró que la acción de tutela no podía utilizarse para trasladar al juez constitucional una controversia cuya discusión corresponde a las autoridades electorales y a la jurisdicción competente.
La Sala también sostuvo que las expresiones analizadas podían ser objeto de crítica, debate o reproche dentro del escenario político, pero no encontró que tuvieran la capacidad de producir la vulneración de los derechos fundamentales alegados.
De esta manera, el fallo reafirma que la tutela no puede convertirse en un mecanismo de control general sobre las opiniones políticas de un funcionario ni sustituir los procedimientos previstos para resolver controversias electorales.
Fallo no confirma que hubiera fraude electoral
Un punto clave de la decisión es que el Tribunal no declaró que las afirmaciones de Gustavo Petro sobre fraude electoral fueran ciertas.
La discusión judicial se concentró en determinar si sus declaraciones constituían una vulneración de derechos fundamentales que justificara una orden de rectificación mediante una acción de tutela.
Por lo tanto, la decisión no constituye una validación judicial de las afirmaciones sobre los supuestos 640.000 votos perdidos por el Pacto Histórico, las elecciones de 2014 o el funcionamiento del software electoral.
El fallo se refiere principalmente al alcance de la libertad de expresión política, los límites de la tutela y la existencia de mecanismos específicos para controvertir asuntos relacionados con los resultados y la validez de las elecciones.