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Tras el terremoto, ¿podía el congresista Óscar Benavides administrar los 300 millones que recaudó?

La representante por Bogotá pidió trazabilidad de la colecta y puso en duda que la tesis de captación masiva sea la más sólida contra el congresista.

Catherine Juvinao cuestiona las donaciones de Óscar Benavides por el terremoto. - Crédito: Fotomontaje Minuto60.
Dido Polo Monterrosa
Dido Polo MonterrosaPeriodista
16 AGO 2026 - 23:10Actualizado: 16 AGO 2026 - 23:28

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Catherine Juvinao respondió que no está permitido que un congresista reciba y administre dinero de ciudadanos en cuentas privadas. La representante a la Cámara por Bogotá planteó el cuestionamiento en un hilo publicado en X sobre las donaciones de Óscar Benavides para los damnificados por el terremoto.

Según explicó, un congresista sí puede promover campañas de solidaridad, donar recursos propios, difundir canales oficiales y ayudar a conseguir ayudas. Lo que cambia la situación es pedirle a la gente que consigne el dinero en una cuenta privada para que después el congresista lo administre.

¿Qué dijo Catherine Juvinao sobre las donaciones de Óscar Benavides?

Juvinao afirmó que las cuentas difundidas para recibir las donaciones no aparecían a nombre de una fundación y que al menos algunas figuraban a nombre de José Francisco Ibalde Ibarra. El representante había dicho que la colecta superaba los 300 millones.

Sobre quién es Ibalde, la congresista recordó que él y Benavides fueron candidatos en la misma lista a la Cámara en 2026, avalada por el Consejo Comunitario El Naranjo. "No es un tercero cualquiera", escribió.

Benavides sostuvo después que una fundación gestiona todo. Juvinao devolvió la pelota con dos preguntas: "¿Cuál fundación y desde cuándo?".

"Una denuncia NO significa que Benavides sea culpable", escribió la congresista, y agregó que le corresponde a la Corte Suprema de Justicia determinar si hay mérito para investigar.

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Catherine Juvinao cuestiona las donaciones de Óscar Benavides. Foto: Colprensa.

¿Qué dice la ley sobre la captación masiva y habitual de dinero?

El artículo 316 del Código Penal establece penas de 10 a 20 años de prisión para quien capte dinero del público de manera masiva y habitual sin autorización. La norma, modificada por la Ley 1357 de 2009 tras el escándalo de las pirámides, también contempla una multa de hasta 50.000 salarios mínimos. La pena puede aumentar hasta en una cuarta parte cuando la captación se promueve mediante medios de comunicación o de divulgación colectiva.

El Decreto 1981 de 1988 establece cuándo una persona o entidad puede estar captando dinero del público de manera masiva. La norma fija como referencia que el dinero haya sido recibido de más de 20 personas o mediante más de 50 operaciones distintas.

Es decir, por ejemplo, si una persona recibe dinero de 51 personas diferentes bajo un esquema en el que se compromete a devolverlo, ya se supera uno de los límites establecidos por la norma.

La regla se refiere a dinero recibido como préstamo o bajo otra modalidad en la que no se entregue un producto o servicio a cambio.

Ahí está la discusión. Juvinao escribió que “no estoy convencida de que la tesis de captación masiva sea la más sólida” y señaló que una donación destinada a ayudar a los damnificados no necesariamente puede considerarse una operación de captación de dinero. La representante dejó en manos del alto tribunal determinar si esa figura legal aplica o no en este caso.

¿Qué es el peculado por apropiación y por qué aparece en la denuncia?

El artículo 397 del Código Penal, que define el peculado por apropiación, no cubre solo la plata pública: incluye bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia le fue confiada a un servidor público por razón o con ocasión de sus funciones. La pena va de 96 a 270 meses de prisión, entre 8 y 22 años y medio, con inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo.

Ese artículo agrega un agravante cuando lo apropiado supera 200 salarios mínimos, y ahí la pena sube hasta en la mitad. Con el mínimo de 2026 en $1.750.905, ese tope equivale a $350.181.000, por encima de lo que se ha anunciado en la colecta.

"Mucha gente cree que el peculado solo existe cuando se roban plata pública", escribió Juvinao. La congresista subrayó que para hablar de peculado por apropiación habría que probar que alguien se quedó con esos recursos y que eso, hasta ahora, no está demostrado.

El tercer delito que pide investigar la denuncia es la estafa, del artículo 246, que castiga con 32 a 144 meses de cárcel a quien obtenga provecho para sí o para un tercero induciendo a otro en error con artificios o engaños.

¿Quién más ha criticado la colecta de Óscar Benavides?

El exfiscal general Francisco Barbosa fue el primero en pedir que se investigara la colecta, el 11 de agosto en X, y citó el mismo artículo 316. "La solidaridad no autoriza a un congresista a convertirse en administrador informal de cientos de millones recaudados del público", escribió.

La denuncia la radicó Daniel David Martínez, egresado de derecho, el viernes en la mañana ante la Sala de Instrucción. Son 21 páginas. El escrito pide establecer la "trazabilidad jurídica, bancaria, contable y material" de la colecta.

El documento también le pide a la Corte compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue por su cuenta a Laura Camila Vargas, integrante de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de Benavides, y a Ibalde Ibarra.

¿Qué ha respondido Óscar Benavides por las donaciones?

Benavides negó que se trate de una colecta personal y sostuvo que hay una fundación a cargo de recibir y administrar el dinero. "Todo lo está gestionando una fundación, todo se está registrando", escribió el 12 de agosto.

Al día siguiente anunció una veeduría ciudadana, un grupo de particulares que vigila el manejo de recursos, para acompañar el seguimiento de las donaciones. Fue el 13 de agosto. "Yo no juego con el dinero de los colombianos ni con la confianza", dijo.

Ya con la denuncia radicada, el representante publicó un video en el que insistió en que seguirá con las entregas. "Para mí es un honor servir desde esta curul del congreso a mi pueblo", afirmó.

El caso está en el despacho del magistrado Francisco Farfán, presidente de la Sala de Instrucción, que debe revisar los soportes y decidir si abre una indagación preliminar. El terremoto del 10 de agosto, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, y magnitud 7,4, deja 289 personas muertas, 4.187 heridas y 143 desaparecidas, según el reporte de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) con corte a las 7:30 a. m. de este domingo.

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