Ser obeso no podrá ser una barrera para usar el transporte público: histórico fallo de la Corte
La Corte Constitucional emitió un fallo sin precedentes que reconoce la discriminación por el peso en transporte público.

La Corte Constitucional, en una decisión considerada histórica, estableció que ser obeso o tener una corporalidad diversa por razón del peso no puede convertirse en un obstáculo para acceder al transporte público. El alto tribunal concluyó que impedir el ingreso a un bus por el tamaño del cuerpo vulnera los derechos a la igualdad, la dignidad humana y la libre locomoción.
El caso nació tras la tutela presentada por una mujer de Armenia que denunció que no podía atravesar los torniquetes instalados en los buses y que, además, los conductores le impedían ingresar por la puerta trasera. Para la Corte, esa situación evidenció una barrera que el sistema nunca contempló para personas con corporalidades diversas en razón del peso.
Le puede interesar: Elephant Import y Export: la empresa que quedó en el centro del caso Lili Pink
La sentencia T-226 de 2026 marca un precedente porque, por primera vez, reconoce la diversidad corporal en razón del peso como una categoría que merece protección frente a prácticas discriminatorias basadas en estereotipos negativos. Según el tribunal, estas personas enfrentan formas de exclusión diferentes a las asociadas con la discapacidad y, por eso, requieren un análisis independiente.
¿Qué cambia para las personas obesas con este fallo de la Corte?
La decisión no se limita a resolver el caso de la demandante sino que ordena a las empresas de transporte público colectivo de Armenia adoptar medidas inmediatas para garantizar que quienes no puedan pasar por los torniquetes puedan abordar los vehículos de forma segura y digna.
#Judicial | La Corte Constitucional reconoció por primera vez la discriminación por razón del peso y ordenó al Ministerio de Transporte impulsar una política que garantice el acceso digno al transporte público para personas con sobrepeso u obesidad. pic.twitter.com/V8ryGJuJ8Z
— Minuto60 (@minuto60com) August 6, 2026
Entre las principales órdenes está permitir el ingreso por la puerta trasera cuando el dispositivo de acceso represente una barrera, sin exigir certificados médicos o administrativos adicionales y asegurando el pago normal del pasaje.
El alto tribunal también ordenó eliminar cualquier práctica discriminatoria dentro de las empresas transportadoras. Para ello deberán socializar la decisión entre sus trabajadores, capacitar a los conductores sobre el trato digno hacia estas personas y modificar reglamentos internos que castiguen a quienes permitan el ingreso por una puerta distinta a la principal. Además, tendrán que ofrecer disculpas privadas a la mujer que presentó la tutela.

La Corte advirtió que las barreras no son únicamente físicas y también encontró actitudes discriminatorias cuando los conductores negaban el acceso por la puerta trasera o cuando se pretendía exigir documentos médicos para permitir el ingreso. A juicio del tribunal, esas exigencias terminan reforzando el estigma que enfrentan las personas con obesidad o sobrepeso.
El fallo también obliga a revisar las políticas de transporte
La Secretaría de Tránsito y Transporte de Armenia, junto con el Ministerio de Transporte y la entidad Amable Eice, deberán revisar la política pública para avanzar hacia un sistema con diseño universal y crear protocolos que garanticen un acceso digno a las personas con corporalidades diversas en razón del peso.
Ese protocolo deberá establecer alternativas cuando los torniquetes u otros dispositivos de acceso se conviertan en una barrera material, definir obligaciones para las empresas y conductores, fijar lineamientos de trato digno y contemplar un enfoque que tenga en cuenta factores como el género. La Corte también exhortó al Ministerio de Transporte para promover políticas públicas que incorporen estos principios en todo el país.
Aunque las órdenes inmediatas recaen sobre el sistema de transporte de Armenia, el precedente fijado por la Corte Constitucional podrá servir de referencia para situaciones similares en otras ciudades del país.
.webp&w=256&q=75)