Pensionados en Colombia recibirán indemnización: cómo saber si disfrutará de este dinero extra
La decisión de la Corte Suprema ordena indemnizaciones para pensionados afectados por fallas en la información al cambiarse de régimen pensional.

Los pensionados en Colombia recibirán indemnización tras una decisión de la Corte Suprema de Justicia que marca un antes y un después en el sistema pensional y que se conoció este 14 de abril.
La Sala de Casación Laboral concluyó que algunos pensionados fueron perjudicados por los fondos privados al no recibir información clara, suficiente y oportuna al momento de trasladarse de régimen.
El fallo, que resolvió cinco recursos de casación, establece que cuando las administradoras incumplen ese deber de orientación, deben responder económicamente por el daño causado. En muchos casos, esa falta de información llevó a decisiones que terminaron afectando directamente el valor de la pensión.
La Corte fue clara en señalar que los pensionados en Colombia recibirán indemnización cuando se pruebe que, de haberse quedado en el régimen público administrado por Colpensiones, habrían obtenido una mesada más alta que la que hoy reciben en el régimen de ahorro individual con solidaridad.
¿Cuál fue el error con los pensionados?
El centro del problema está en la asesoría porque durante años, miles de afiliados se trasladaron de régimen sin tener claridad sobre las implicaciones reales de esa decisión. El magistrado Víctor Julio Usme explicó que las administradoras tenían la obligación legal de brindar información veraz, clara y oportuna. Cuando esto no ocurrió, se generó un perjuicio que hoy la justicia reconoce.
Ese perjuicio fue definido como una “pérdida de oportunidad”. En términos simples, el afiliado perdió la posibilidad de pensionarse en mejores condiciones, lo que se traduce en ingresos más bajos durante su retiro.
¿Cómo saber si es beneficiario de la indemnización?
Tenga presente que esto no aplica para todos los pensionados, solo si cumplen condiciones específicas. Primero, deben ser personas que ya estén pensionadas.
Segundo, que hayan estado inicialmente en Colpensiones y luego se trasladaran a un fondo privado con el cambio de régimen. Tercero, que ese traslado se haya hecho sin la información adecuada.
A esto se suma un requisito fundamental y es que deben demostrar que hoy reciben una pensión menor a la que habrían obtenido si no se hubieran cambiado de régimen. En otras palabras, no basta con haberse trasladado, pues es necesario probar que hubo un error en la información y que ese error tuvo un impacto económico real.
¿Cómo se calculará el dinero que recibirán?
Desde Carvajal Abogados y Asociados, firma experta en esta área, explicó que "La novedad de esta sentencia es que se establece una fórmula basada en la probabilidad de la pensión, la brecha económica y la expectativa de vida para calcular el monto de la indemnización que será un valor único entregado a este pensionado".
Esto significa que cada proceso será analizado de manera individual y se evaluarán factores como la diferencia entre la pensión actual y la que se habría obtenido en el régimen público.
El objetivo es que la compensación sea proporcional al daño, sin afectar la estabilidad del sistema pensional, por lo que esta decisión no solo beneficia a un grupo de pensionados, sino que también envía un mensaje a las administradoras de fondos privados porque la información no es un trámite, es un derecho.
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