¿Polémica entre Culotauro y Deisy Dorelly podría llegar al instancias legales?
La controversia generó el debate de los limites del humor en temas sensibles como el conflicto armado, que, podría incurrir en revictimización.

En un nuevo capítulo que se suma a la polémica que involucra a la comediante María Camila Fonseca, conocida como ‘Macafolla’ y al creador de contenido Camilo Díaz, conocido como Culotauro, debido a la mención de cifras del reclutamiento forzado de menores en un acto de comedia y con un tono satírico, que desencadenó rechazo desde varios sectores, especialmente de las víctimas del conflicto armado que consideran estos hecho como una revictimización.
Ahora, la activista política Jerome Sanabria denunció un presunto hostigamiento por parte de Culotauro contra una víctima del conflicto armado. En un video publicado en sus redes sociales, Sanabria expone una serie de mensajes que intercambió el comediante con Deisy Dorelly, una mujer reconocida por la JEP como víctima de reclutamiento forzado por las extintas Farc.
En los mensajes presuntamente enviados por el comediante a la víctima del conflicto, Sanabria sostiene que se podría incurrir en caso de hostigamiento y revictimización, pues, en repetidas ocasiones Dorelly afirma que le solicitó que no se comunicara más con ella, pero, insistentemente seguía recibiendo mensajes de Camilo Díaz. Por su parte, Sanabria afirmó que algunos de los mensajes y audios contienen expresiones burlonas e intimidatorias.
Solicitan intervención de las autoridades
Además de divulgar las conversaciones, Deisy Dorelly solicitó la intervención de la Fiscalía General de la Nación y de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para que se investiguen los hechos y se adopten medidas de protección, resaltando que ya cuenta con amenazas por su condición de víctima y defensora de derechos humanos. Así mismo, también pidió que se determine si la conducta denunciada puede constituir acoso o revictimización.
Por el momento no se han conocido de acciones legales en contra del comediante, ni existe un pronunciamiento oficial sobre los señalamientos relacionados con los presuntos mensajes enviados que habrían incrementado la controversia.
Lo cierto es que, en redes sociales se reavivó el debate sobre los límites que deberían existir en este tipo de espectáculos y en el contenido de comedia que incluya temas sensibles para las víctimas del conflicto armado, especialmente cuando se involucran niños, para no caer en una revictimización y que se garantice el respeto y la protección de la memoria de las víctimas.
¿Este comportamiento podría incurrir en el delito de hostigamiento, sancionado por el Código Penal?
En Colombia, el Código Penal establece el delito de hostigamiento, contemplado en la Ley 1482 de 2011, sanciona a quien promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o un grupo por razones como su raza, etnia, religión, nacionalidad, sexo, orientación sexual, identidad de género, discapacidad o ideología política.
En ese contexto, expertos en derecho advierten que la publicación de mensajes o la denuncia pública de un presunto comportamiento no implica, por sí sola, la existencia de un delito.
Al respecto Minuto60 consultó al abogado penalista Francisco Bernate, profesor de la Universidad del Rosario, para establecer si esta polémica podría avanzar a instancias penales de acuerdo con lo que establece la ley.
“El delito de hostigamiento consiste en invitar o instigar a otros para que hostiguen a una persona por cuenta de su condición sexual, su raza, su religión o cualquier otra condición análoga a lo que significa discriminación. Y, pues, creo que este no es el caso. Fueron unos mensajes que se cruzaron y demás, pero, el delito de hostigamiento en Colombia no sanciona como tal el hecho de hostigar sino de instigar a otros a hostigar, así que no lo veo”, afirmó el abogado.
Lo anterior quiere decir que, el hostigamiento penal está orientado a sancionar conductas por razones discriminatorias y no cualquier comportamiento insistente o molesto. Si una persona envía mensajes de forma reiterada después de que le pidan detenerse, esa conducta no constituye automáticamente el delito de hostigamiento del artículo 134B.
No obstante, corresponde a las autoridades competentes, como la Fiscalía General de la Nación, recaudar las pruebas y determinar si los hechos denunciados cumplen con los elementos exigidos por la ley para abrir una investigación y, eventualmente, formular cargos. Mientras ese proceso se desarrolla, las personas señaladas mantienen la presunción de inocencia, principio fundamental del sistema penal colombiano.
